° Los colegios escogerán los becarios entre los estudiantes de bajos recursos económicos según lo establecido en el numeral 2 del artículo 4° del presente Decreto, y deberán comprobar ante el Ministerio de Educación Nacional que han otorgado tales becas de conformidad con la certificación que exija la reglamentación respectiva.
Artículo 8
Los Colegios Escogerán Los Becarios Entre Los Estudiantes De Bajos Recursos Económicos Según Lo Establecido En El Numeral 2 Del Artículo 4° Del Presente Decreto, Y Deberán Comprobar Ante El Ministerio De Educación Nacional Que Han Otorgado Tales Becas De Conformidad Con La Certificación Que Exija La Reglamentación Respectiva
Decreto 2854 de 1974 · Por el cual se ordena el establecimiento de jornadas adicionales en los planteles educativos, se dictan medidas sobre matrículas, pensiones y becas, se reglamenta el Acuerdo entre los colegios privados y el Ministerio de Educación Nacional, y se dictan otras disposiciones
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.