A los Oficiales y a las clases técnicas y Suboficiales de la Fuerza Aérea les será, descontado de su sueldo mensual el porcentaje vigente para los Oficiales y Suboficiales del Ejército, con destino a las respectivas Cajas de Sueldos de Retiro. En cuanto al tiempo de servicio anterior a la vigencia de este Decretó, el personal de la Fuerza Aérea que éntre por primera vez a participar en dichas Cajas; deberá consignar en la forma que disponga el Gobierno, las sumas, a que haya lugar, por el tiempo anterior si desea que éste le sea tenido en cuenta al liquidarle el sueldo de retiro.
Decreto 1680 de 1943 →Vigente
Artículo 67
A Los Oficiales Y A Las Clases Técnicas Y Suboficiales De La Fuerza Aérea Les Será, Descontado De Su Sueldo Mensual El Porcentaje Vigente Para Los Oficiales Y Suboficiales Del Ejército, Con Destino A Las Respectivas Cajas De Sueldos De Retiro
Decreto 1680 de 1943 · Por la cual se modifica el marcado con el número 991 de mayo 29 de 1941, orgánico de la Fuerza Área
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.