º Este Decreto regirá a partir del 20 de junio de 1985. Comuníquese y cúmplase.
Decreto 1656 de 1985 →Vigente
Artículo 8
Este Decreto Regirá A Partir Del 20 De Junio De 1985
Decreto 1656 de 1985 · Por el cual se introducen algunas modificaciones en el Arancel de Aduanas.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.