º . Los referidos Tesoreros, sin perjuicio de las cuentas que deben rendir a la Contraloría General de la República, informarán al Ministerio de Gobierno sobre la entrega de las sumas señaladas en el artículo 2º
Decreto 984 de 1969 →Vigente
Artículo 4
Decreto 984 de 1969 · por el cual se destinan unas partidas presupuestales para atender a calmidades públicas
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.