Obligatoriedad. Las entidades territoriales certificadas deberán incorporar en su planta de cargos a aquellos docentes o directivos docentes que a partir de la expedición del presente decreto se encuentran ubicados en la entidad territorial, como medida de protección por el riesgo extraordinario o extremo al cual se encontraban sometidos. En caso de no dar cumplimiento a lo anterior, los nominadores serán objeto de las acciones disciplinarias señaladas en la ley. El Ministerio de Educación hará el respectivo seguimiento y control al cumplimiento de la norma.
Decreto 1628 de 2012 →Vigente
Artículo 13
Obligatoriedad
Decreto 1628 de 2012 · por el cual se reglamenta parcialmente el artículo 22 de la Ley 715 de 2001 en relación con el procedimiento para la protección de docentes y directivos docentes que prestan sus servicios en los establecimientos educativos estatales ubicados en las entidades territoriales certificadas en educación que se encuentran bajo riesgo extraordinario o extremo
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.