º. Despacho del Secretario General . De conformidad con lo dispuesto en el presente Decreto, las funciones del Despacho de la Secretaría General serán las siguientes
Asesorar al Director en la formulación de la política y planes de acción del Departamento.
Coordinar, bajo la dirección del Director del Departamento, y por conducto de las diferentes dependencias, la prestación de los servicios y la ejecución de los programas adoptados.
Velar por el cumplimiento de las normas legales orgánicas del Departamento y por el eficiente desempeño de las funciones técnicas y administrativas.
Orientar y dirigir la elaboración de informes que sobre el desarrollo de las políticas, planes y programas deban presentarse ante diferentes instancias.
Coordinar la ejecución de las políticas, planes y programas de fomento, desarrollo, asistencia, educación, vigilancia, investigación y control que dentro de su sector deba desarrollar el Departamento.
Proponer y fomentar el desarrollo de investigaciones y estudios sobre la participación e influencia del sector cooperativo y solidario en el contexto socio-económico del país.
Coordinar la aplicación de los principios, normas y criterios definidos por el Departamento en la ejecución de sus funciones, en especial lo relacionado con las de inspección, control y vigilancia.
Promover entre las instituciones públicas y privadas, así como con la comunidad en general, la divulgación de los principios, normas y organización de las sociedades cooperativas y solidarias.
Fomentar las acciones de cooperación y asistencia técnica entre el Departamento y los organismos cooperativos, y entre éstos entre sí.
Dirigir las acciones de monitoreo y seguimiento a los programas y actividades adelantadas por las federaciones, uniones, centrales y ligas cooperativas y por los organismos auxiliares del cooperativismo.
Asistir a la Dirección en la determinación de políticas, estrategias y metas relacionadas con la administración de personal, la gestión financiera y administrativa del Departamento.
Dirigir y coordinar la prestación de servicios administrativos comunes a todas las dependencias del Departamento.
Orientar y coordinar el manejo presupuestal, contable y de tesorería del Departamento.
Las demás que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.