Micelio

Artículo 6

Cada Penitenciaría Debe Tener Anexa Una Granja Agrícola Con El Objeto De Enseñar La Agricultura A Los Condenados Que Parezcan Capacitados Al Efecto, O De Perfeccionar, Los Conocimientos A Los Que Anteriormente Hubieren Estado Consagrados A Ella

Decreto 1405 de 1934 · Sobre régimen carcelario y penitenciario

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Cada Penitenciaría debe tener anexa una granja agrícola con el objeto de enseñar la agricultura a los condenados que parezcan capacitados al efecto, o de perfeccionar, los conocimientos a los que anteriormente hubieren estado consagrados a ella. En todas las Cárceles se procurará tener con el misino objeto el terreno contiguo necesario para él establecimiento de cultivos agrícolas, aunque sea en pequeña escala.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1405 de 1934