Micelio

Artículo 3

El Presente Decreto Entrará A Regir A Partir De La Fecha De Su Publicación En El Diario Oficial Y Estará Vigente Hasta Tanto Se Verifique El Cumplimiento De Lo Ordenado Por El Grupo Arbitral Mediante El Fallo Antes Señalado Publíquese Y Cúmplase

Decreto 3234 de 2004 · por medio del cual se modifica el artículo 1° del Decreto 3146 del 27 de septiembre de 2004.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. El presente decreto entrará a regir a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial y estará vigente hasta tanto se verifique el cumplimiento de lo ordenado por el Grupo Arbitral mediante el fallo antes señalado

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3234 de 2004