° No habrá lugar a libertad provisional, salvo por pena cumplida, para quienes con ocasión del paro programado para el 14 de noviembre del presente año o en los dos días subsiguientes cometan alguno de los delitos señalados en los artículos 290 y 291 del Código Penal.
Decreto 2757 de 1990 →Vigente
Artículo 3
No Habrá Lugar A Libertad Provisional, Salvo Por Pena Cumplida, Para Quienes Con Ocasión Del Paro Programado Para El 14 De Noviembre Del Presente Año O En Los Dos Días Subsiguientes Cometan Alguno De Los Delitos Señalados En Los Artículos 290 Y 291 Del Código Penal
Decreto 2757 de 1990 · por el cual se dictan medidas tendientes a la preservación del orden público y a su restablecimiento.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.