Micelio

Artículo 5

Las Entidades Que Se Propusieren Aportar Bienes En Especie Deberán Tener Concepto Previo Favorable Del Insfopal Sobre El Avalúo De Dichos Bienes, Sin Perjuicio De Los Demás Requisitos Que Sobre Dicho Avalúo Se Exigen En Las Leyes

Decreto 1157 de 1976 · Por el cual se reglamenta parcialmente el Decreto 2804 de 1975

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las entidades que se propusieren aportar bienes en especie deberán tener concepto previo favorable del Insfopal sobre el avalúo de dichos bienes, sin perjuicio de los demás requisitos que sobre dicho avalúo se exigen en las leyes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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