Micelio

Artículo 7

Funciones De La Subdirección De Análisis De Opera­ciones

Ley 526 de 1999 · por medio de la cual se crea la Unidad de Información y Análisis Financiero

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Funciones de la Subdirección de Análisis de Operaciones . Las siguientes serán las funciones generales de la Subdirección de Análisis de Operaciones:

1.

Recolectar, integrar y analizar la información de que tenga conocimiento la Unidad.

2.

Realizar los análisis de operaciones inusuales o sospechosas que conozca.

3.

Preparar los informes acerca de posibles casos de lavado de activos detectados y presentarlos a la Dirección General para su consideración, de acuerdo con los flujos de información recibidos y los análisis que desarrolle.

4.

Preparar los instructivos necesarios para el reporte de información de interés para la Unidad.

5.

Preparar los instructivos, resoluciones y circulares necesarios para el cumplimiento del objeto de la Unidad.

6.

Cooperar y servir de enlace con las unidades antilavado existentes o con las dependencias que desarrollan esta función en las entidades nacionales. Interactuar con los sectores que puedan estar involucrados en el tema de la prevención y control al lavado de activos.

7.

Desarrollar los convenios de intercambio de información celebrados con las unidades de similar naturaleza del exterior y con las instituciones nacionales públicas o privadas a que hubiere lugar.

8.

Las demás que sean asignadas por la Dirección General.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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