Micelio

Artículo 14

Los Reclamos Se Presentarán Por Conducto Del Oficial Más Antiguo Que Siga En Categoría Al Comandante De La Unidad O Repartición

Decreto 1360 de 1942 · Por el cual se reglamenta el Escalafón de Oficiales y Suboficiales de la Policía Nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los reclamos se presentarán por conducto del Oficial más antiguo que siga en categoría al Comandante de la Unidad o repartición. El Oficial intermediario hará conocer el reclamo del calificador y lo emitirá dentro de las 48 horas al Jefe superior respectivo para su resolución. Si no se llegare a un acuerdo, la Jefatura superior pondrá los hechos en conocimiento de la Junta Calificadora de Oficiales y Suboficiales, que será la encargada de resolver en definitiva el reclamo, por escrito.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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