Articulo 11 Cuando por motivo grave el Gerente de de la Empresa se viere obligado a suspender a alguno de los empleados cuyo nombramiento corresponde al Ministerio de Obras Públicas, nombrará interinamente la persona que deba reemplazar al suspendido, y dará cuanta inmediata al Ministerio para los fines a que haya lugar.
Decreto 773 de 1922 →Vigente
Artículo 11
Cuando Por Motivo Grave El Gerente De De La Empresa Se Viere Obligado A Suspender A Alguno De Los Empleados Cuyo Nombramiento Corresponde Al Ministerio De Obras Públicas, Nombrará Interinamente La Persona Que Deba Reemplazar Al Suspendido, Y Dará Cuanta Inmediata Al Ministerio Para Los Fines A Que Haya Lugar
Decreto 773 de 1922 · Reformatorio del número 126 del corriente año
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.