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Artículo 22

El Régimen De Remuneraciones, Primas Y Bonificaciones, Viáticos, Horas Extras Y Subsidios Para Los Trabajadores Oficiales De Satena, Será El Que Determine Por Acuerdo La Junta Directiva

Decreto 2344 de 1971 · Por el cual se reorganiza el Servicio Aéreo a Territorios Nacionales-Satena

1 sentencia lo revisó
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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El régimen de remuneraciones, primas y bonificaciones, viáticos, horas extras y subsidios para los trabajadores oficiales de Satena, será el que determine por Acuerdo la Junta Directiva. Los empleados públicos de la Empresa, para efectos de remuneraciones, primas, bonificaciones, viáticos, horas extras y subsidios, se regirán por las normas legales vigentes para esta clase de servidores. En consecuencia, los trabajadores oficiales y empleados públicos de la Empresa, no se regirán por las normas establecidas para el personal civil al servicio del Ministerio de Defensa Nacional."(Modificado según Art 1 decreto 2180 de 1984)

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

  1. 2005
    C-1231/05Constitucionalidad · «Contra Los Apartes .»INHIBITORIO
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de cada sentencia
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