Para cada uno de los Suboficiales de las Fuerzas Militares se llevará un legajo personal que comprenda todos los documentos necesarios para una justa calificación y para el exacto cómputo de los servicios prestados en el transcurso de su vida militar. Este legajo se denomina "Hoja de Vida", y se organizará con los documentos que se indican a continuación: Antecedentes de ingreso a la Fuerza. Partida de bautismo o registro civil. Documentos probatorios de la existencia legal de familiares, de estado civil, de nacimiento de los hijos, defunciones, etc. Calificaciones anuales o parciales. Calificaciones obtenidas en cursos o exámenes. Copias de las órdenes de ascenso, destinaciones, traslados, retiros y llamamientos al servicio activo. Los demás documentos relativos a la vida del Suboficial. El legajo se cerrará con la copia de la orden o resolución de retiro, y si fuere el caso, con el acta de defunción o copia auténtica de la declaración de ausencia con presunción de fallecimiento.
Decreto 501 de 1955 →Vigente
Artículo 145
Decreto 501 de 1955 · Por medio del cual se reorganiza la carrera profesional de Suboficiales de las Fuerzas Militares y Marinería de la Armada Nacional
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.