Si luego de efectuar el estudio del contenido de los documentos el ICFES encuentra deficiencias que a su juicio no sean de tal magnitud que justifiquen plenamente la emisión de concepto desfavorable, podrá devolver la documentación a los interesados para que si lo desean, introduzcan las modificaciones del caso. En este evento, el término de dos (2) meses previsto en el artículo anterior comenzará a contarse a partir de la fecha de su nueva presentación.
Decreto 2799 de 1980 →Vigente
Artículo 12
Si Luego De Efectuar El Estudio Del Contenido De Los Documentos El Icfes Encuentra Deficiencias Que A Su Juicio No Sean De Tal Magnitud Que Justifiquen Plenamente La Emisión De Concepto Desfavorable, Podrá Devolver La Documentación A Los Interesados Para Que Si Lo Desean, Introduzcan Las Modificaciones Del Caso
Decreto 2799 de 1980 · Por el cual se reglamenta el régimen de las instituciones no oficiales de educación superior y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.