Micelio

Artículo 3

Para Los Efectos Del Artículo Anterior, Las Corporaciones De Ahorro Y Vivienda Deberán Utilizar Un Sistema De Pago Gradual De Los Créditos Que, Además De Contemplar Un Período De Gracia Amplio Y Cuotas De Capital Crecientes Durante Los Últimos Años Del Crédito, Difiera Parcialmente La Exigibilidad De Los Intereses Para Su Cancelación Posterior Junto Con Los Pagos De Capital, Mediante La Capitalización De Los Mismos

Decreto 163 de 1990 · por el cual se interviene la actividad de las corporaciones de ahorro y vivienda y el Banco Central Hipotecario, en relación con el crédito destinado a la vivienda de interés social, y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Para los efectos del artículo anterior, las corporaciones de ahorro y vivienda deberán utilizar un sistema de pago gradual de los créditos que, además de contemplar un período de gracia amplio y cuotas de capital crecientes durante los últimos años del crédito, difiera parcialmente la exigibilidad de los intereses para su cancelación posterior junto con los pagos de capital, mediante la capitalización de los mismos. Este sistema deberá contemplar, además, las siguientes condiciones

a)

El plazo máximo será de 20 años;

b)

La tasa de interés mensual máxima será equivalente a la tasa de interés a que hace referencia el artículo 44 de la Ley 9ª de 1989, esto es, un doceavo de la variación en el salario mínimo legal fijado por el Gobierno Nacional ocurrida en los doce meses anteriores a la fecha de su aplicación;

c)

Los pagos por concepto de capital de estos créditos no podrán aumentar anualmente en un porcentaje superior al 50% de la variación efectiva en el salario mínimo legal fijado por el Gobierno Nacional ocurrida durante los doce últimos meses;

d)

Los pagos mensuales por concepto de capital e intereses serán fijos mientras no se presenten variaciones en el salario mínimo legal.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 163 de 1990