º Objetivo . El reconocimiento y pago a los empleados y trabajadores nacionales afiliados forzosas a la Caja y a sus pensionados por Jubilación o vejez, invalidez y retiro por vejez, las prestaciones sociales ordenadas por las ¡normas legales. Para lo cual cumplirá las siguientes funciones
Atender el reconocimiento y pago de los auxilios, indemnizaciones, pensiones y seguros a que tienen derecho los servidores públicos a ella forzosamente afiliados, conforme al régimen de prestaciones señalado en la ley y reconocer y pagar a sus beneficiarios las prestaciones causadas al fallecimiento del afiliado o pensionado.
Organizar, dirigir y administrar el reconocimiento y pago de las prestaciones sociales dé los empleados públicos y trabajadores oficiales que la ley le haya encomendado.
Prestar asistencia médica integral a sus afiliados en servicio y pensionados, conforme a las normas del Sistema Nacional de Salud.
Determinar la estructura y los sistemas de atención médico asistencial adecuados y de acuerdo con los principios y normas de la medicina social.
Atender las prestaciones a que se obligue en favor de sus afiliados facultativos.
Otorgar a sus afiliados adscritos las prestaciones médico asistenciales que determine la Junta Directiva
Cooperar en la ejecución de los planes y programas de seguridad social emprendidos por el Ministerio del Ramo.
Fomentar y financiar planes y programas recreacionales para los pensionados
Estudiar y elaborar en coordinación con el Instituto de Seguros Sociales planes sectoriales de inversión, salud seguridad y bienestar social de sus afiliados, con el arreglo a lo previsto en el artículo 4º del Decreto 3135 de 1968 y demás disposiciones que se dicten.
Contratar con otros organismos nacionales no afiliados forzosos, con los Departamentos, Municipios, Intendencias, Comisarias y el Distrito Especial de Bogotá, la atención total o parcial de los riesgos que actualmente sirve a los empleados y trabajadores del orden nacional, a excepción del pago del auxilio de cesantía.
Contratar con otras instituciones de Previsión Social la fusión, incorporación o atención parcial de prestaciones.
Realizar inversiones que le permitan servir oportunamente los objetivos propios de la Institución y le faciliten lograr medidas de desarrollo industrial, buscando siempre que queden suficientemente garantizadas y en condiciones de máxima y adecuada rentabilidad.
Contratar con instituciones de Salud y seguridad Social, nacionales o internacionales, el intercambio recíproco de servicios y experiencias.
Las contrataciones a que se refieren los ordinales 5.6.7.8.10.11.12 y 13 se harán dentro de un sano criterio financiero. CAPITULO II De los afiliados