En el ciclo profesional normalista se podrán realizar los siguientes tipos de exámenes o pruebas de conocimientos, los que podrán ser escritos, orales o prácticos, según el caso
De admisión, que se practicará a los alumnos que aspiran a ingresar al primer año;
Quimestral, que consiste en la evaluación de la materia estudiada en el primer período del año escolar. Cuando en el plan de estudios la materia sea sólo quimestral, este examen tendrá el carácter de final para efectos del cómputo definitivo;
Final, que consiste en la evaluación de la materia estudiada durante el periodo lectivo completo;
De habilitación, que se practica por una sola vez al alumno que perdió en definitiva una o dos materias del curso;
De fuerza mayor, que se justificará cuando el alumno, por causa debida y oportunamente justificada, no pueda presentarse a uno de los exámenes anteriores en las fechas señaladas.
Compensatorios, que se practicarán a quienes presenten certificados de estudios de planteles no aprobados oficialmente;
De validación, que se practicarán a quienes sin haber cursado estudios en un plantel normalista deseen aprobar materias aisladas o cursos completos. Estos exámenes, que serán reglamentados por el Ministerio de Educación Nacional, necesitan autorización expresa de éste, y sólo se podrán presentar en planteles nacionales.
El alumno que pierda sólo una materia por inasistencia, podrá validarla en el mismo plantel, pero siempre con autorización del Ministerio de Educación. De la promoción de estudiantes