En la Inspección de Pesca se abrirá una matrícula de buzos para escafandro, en la cual se inscribirán con expresión de su edad, nacionalidad y residencia, los que pidan la inscripción. En ella se inscribirán primeramente los de los botes que han solicitado patente. De cada inscripción se extenderá una constancia para el buzo, al respaldo de la cual se anotará al fin de cada temporada de pesca la conducta observada por aquél.
Decreto 1315 de 1923 →Vigente
Artículo 46
En La Inspección De Pesca Se Abrirá Una Matrícula De Buzos Para Escafandro, En La Cual Se Inscribirán Con Expresión De Su Edad, Nacionalidad Y Residencia, Los Que Pidan La Inscripción
Decreto 1315 de 1923 · Por el cual se reglamenta la pesca de perlas
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.