Micelio

Artículo 1

El Artículo 1º Del Decreto 870 De 1989, Quedará Así: "de Conformidad Con Lo Preceptuado Por El Artículo 91 De La Ley 38 De 1989 Y Los Artículos 41, 43, 371, 374, 378 Y 389 De La Ley 5º De 1992, La Ordenación Del Gasto Y Celebración De Contratos, Se Efectuará En El Senado De La República Por Parte Del Director General Administrativo, Y En La Cámara De Representantes Por La Mesa Directiva, A Través De Su Presidente, Con Cargo A Sus Respectivos Presupuestos"

Decreto 2004 de 1992 · por el cual se modifica parcialmente el Decreto 870 de 1989.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º El artículo 1º del Decreto 870 de 1989, quedará así: "De conformidad con lo preceptuado por el artículo 91 de la Ley 38 de 1989 y los artículos 41, 43, 371, 374, 378 y 389 de la Ley 5º de 1992, la ordenación del gasto y celebración de contratos, se efectuará en el Senado de la República por parte del Director General Administrativo, y en la Cámara de Representantes por la Mesa Directiva, a través de su Presidente, con cargo a sus respectivos presupuestos".

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2004 de 1992