Micelio

Artículo 11

El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición Y Deroga Parcialmente El Artículo 1

Decreto 2707 de 1976 · Por el cual se hace unas modificaciones a unos Decretos de Planta de Personal de la Dirección General de Impuestos Nacionales del Ministerio de Hacienda y Crédito Público

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 11. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición y deroga parcialmente el artículo 1. o de los Decretos números 2317 y 2241 de 1976, en lo referente a los cargos que por este Decreto se crean, en lo relacionado con las Plantas de Personal de la Dirección General de Impuestos Nacionales y de la Administración de Impuestos Nacionales de Bogotá, de la mencionada Dirección del Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Comuníquese y cúmplase.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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