Micelio

Artículo 6

Las Reclamaciones Por Multas Que En Virtud Del Artículo 2º De La Ley 59 De 1917, Imponga Los Administradores De Aduana A Los Culpables Del Fraude De Que Habla El Parágrafo 1º Del Artículo 12 De La Ley 85 De 1915, Se Tramitarán De Acuerdo Con Lo Dispuesto En Este Último Artículo

Decreto 433 de 1918 · Por el cual se reglamentan las reclamaciones por aforos de mercancías y se sustituye el artículo 2o del Decreto número 1994 de 1917

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Las reclamaciones por multas que en virtud del artículo 2º de la Ley 59 de 1917, imponga los Administradores de Aduana a los culpables del fraude de que habla el

Parágrafo 1

del artículo 12 de la Ley 85 de 1915, se tramitarán de acuerdo con lo dispuesto en este último artículo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 433 de 1918