Micelio

Artículo 84

Los Oficiales De Clases De La Armada En Servicio Activo, Devengarán Todas Las Primas Y Emolumentos Que Hubieren Causado Como Suboficiales De Clases A Excepción De Las Jinetas De Buena Conducta, Y Su Liquidación Se Hará Sobre La Asignación Correspondiente A Los Grados De Oficiales De Clases

Decreto 3220 de 1953 · Por el cual se reorganiza la carrera de los Oficiales de las Fuerzas Militares

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los Oficiales de Clases de la Armada en servicio activo, devengarán todas las primas y emolumentos que hubieren causado como Suboficiales de Clases a excepción de las jinetas de Buena Conducta, y su liquidación se hará sobre la asignación correspondiente a los grados de Oficiales de Clases.

Parágrafo

Las partidas de vestuario, alimentación y todas aquellas que señalan en relación al grado serán las mismas que correspondan a los grados de Teniente de Fragata y Teniente de Corbeta para los Tenientes primeros y segundos, respectivamente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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