Los Oficiales De Clases De La Armada En Servicio Activo, Devengarán Todas Las Primas Y Emolumentos Que Hubieren Causado Como Suboficiales De Clases A Excepción De Las Jinetas De Buena Conducta, Y Su Liquidación Se Hará Sobre La Asignación Correspondiente A Los Grados De Oficiales De Clases
Decreto 3220 de 1953 · Por el cual se reorganiza la carrera de los Oficiales de las Fuerzas Militares
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Los Oficiales de Clases de la Armada en servicio activo, devengarán todas las primas y emolumentos que hubieren causado como Suboficiales de Clases a excepción de las jinetas de Buena Conducta, y su liquidación se hará sobre la asignación correspondiente a los grados de Oficiales de Clases.
Parágrafo
Las partidas de vestuario, alimentación y todas aquellas que señalan en relación al grado serán las mismas que correspondan a los grados de Teniente de Fragata y Teniente de Corbeta para los Tenientes primeros y segundos, respectivamente.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.