Cada hoja de los sobordos, facturas, conocimiento de embarque, manifiestos, lista de tripulación, listas de rancho, listas de pasajeros que desembarquen en el puerto respectivo y solicitudes de permiso para descargar, causa un impuesto de un peso ($1). Los demás documentos que deben presentarse al tiempo de la visita, según el artículo 91 de la Ley 79 de 1931, no causan impuesto. Cada hoja principal de los manifiestos que se presenten a las Oficinas de Encomiendas Postales, causa un impuesto de un peso ($1). Si por el mismo correo llega un solo paquete recomendado u ordinario, cuyo valor no excede de dos pesos ($2), costo principal, no hay impuesto. La factura comercial cuyo valor pasa de cincuenta pesos ($50), tres pesos ($3); la que no pasa, un peso ($1) por cada hoja.
Decreto 1696 de 1932 →Vigente
Artículo 19
Cada Hoja De Los Sobordos, Facturas, Conocimiento De Embarque, Manifiestos, Lista De Tripulación, Listas De Rancho, Listas De Pasajeros Que Desembarquen En El Puerto Respectivo Y Solicitudes De Permiso Para Descargar, Causa Un Impuesto De Un Peso ($1)
Decreto 1696 de 1932 · por el cual se reglamenta el Decreto legislativo número 92 del año en curso, en lo relacionado con el impuesto de timbre nacional.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.