Decreto 1570 de 1974 · Por el cual se reglamentan los artículos 1º y 6º de la Ley 14 de 1964 y se deroga el Decreto número 1132 de 1965
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Artículo séptimo. El pago de los subsidios se efectuara mensualmente por giros postales quejara la pagaduría del ministerio de salud pública al lugar más cercano de la residencia del enfermo.
Parágrafo
Los subsidios de los residentes en agua de dios y contratación se continuaran a las respectivas pagadurías de los sanatorios.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.