Micelio

Artículo 24

Decreto 515 de 1986 · Por el cual se reglamenta parcialmente el Decreto 2845 de 1984 y se dictan disposiciones sobre el deporte, la educación física y la recreación.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El control de la salud del deportista dará lugar a la entrega de un certificado médico, en el que se advierta que no existen contraindicaciones para la práctica de la disciplina deportiva referida.

Parágrafo

El certificado médico de que trata el presente artículo sólo podrá ser expedido por profesionales médicos reconocidos por la Comisión Nacional de Medicina Deportiva y Ciencias Aplicadas al Deporte y su validez no excederá de un año.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 515 de 1986