Micelio

Artículo 77

La Junta Directiva De La Empresa De Teléfonos Estará Integrada Así: El Alcalde O Su Delegado; Dos Concejales, Con Sus Respectivos Suplentes, Elegidos Por El Concejo; El Personero; Un Miembro, Con Su Respectivo Suplente, Nombrado Por El Presidente De La República; Y Dos Miembros, Con Sus Respectivos Suplentes, Nombrados Por El Alcalde, El Primero De Las Ternas Presentadas Por La Sociedad Colombiana De Ingenieros, Y El Otro Libremente Escogido Entre Ex Concejales Del Distrito

Decreto 3133 de 1968 · por el cual se reforma la organización administrativa del Distrito Especial de Bogotá.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Junta Directiva de la Empresa de Teléfonos estará integrada así: El Alcalde o su delegado; dos Concejales, con sus respectivos suplentes, elegidos por el Concejo; el Personero; un miembro, con su respectivo suplente, nombrado por el Presidente de la República; y dos miembros, con sus respectivos suplentes, nombrados por el Alcalde, el primero de las ternas presentadas por la Sociedad Colombiana de Ingenieros, y el otro libremente escogido entre ex Concejales del Distrito. El período de los miembros de esta Junta es de dos (2) años, y podrán ser reelegidos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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