Antes De Producirse La Separación Absoluta O Temporal Por Las Causas Indicadas En Los Artículos Anteriores, El Oficial Se Suspende En El Ejercicio De Sus Funciones Y Atribuciones Para Efecto De Oír Sus Descargos
Decreto 1680 de 1943 · Por la cual se modifica el marcado con el número 991 de mayo 29 de 1941, orgánico de la Fuerza Área
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Antes de producirse la separación absoluta o temporal por las causas indicadas en los artículos anteriores, el Oficial se suspende en el ejercicio de sus funciones y atribuciones para efecto de oír sus descargos. Esta situación implica la disminución de su sueldo en un 50% que le será devuelto en caso de que justifique su conducta.
Parágrafo 1
Igual suspensión se le decreta al Oficial contra el cual se hayan dictado y estén en firme autos de detención o de proceder.
Parágrafo 2
Durante el tiempo de la suspensión, el Oficial no tiene derecho a usar el uniforme.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.