Micelio

Artículo 39

Antes De Producirse La Separación Absoluta O Temporal Por Las Causas Indicadas En Los Artículos Anteriores, El Oficial Se Suspende En El Ejercicio De Sus Funciones Y Atribuciones Para Efecto De Oír Sus Descargos

Decreto 1680 de 1943 · Por la cual se modifica el marcado con el número 991 de mayo 29 de 1941, orgánico de la Fuerza Área

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Antes de producirse la separación absoluta o temporal por las causas indicadas en los artículos anteriores, el Oficial se suspende en el ejercicio de sus funciones y atribuciones para efecto de oír sus descargos. Esta situación implica la disminución de su sueldo en un 50% que le será devuelto en caso de que justifique su conducta.

Parágrafo 1

Igual suspensión se le decreta al Oficial contra el cual se hayan dictado y estén en firme autos de detención o de proceder.

Parágrafo 2

Durante el tiempo de la suspensión, el Oficial no tiene derecho a usar el uniforme.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1680 de 1943