Micelio

Artículo 2

El Tabaco En Rama O Manufacturado Procedente De Otros Departamentos, Seguirá Pagando El Impuesto Establecido En La Ordenanza 8 De 1916, Y La Rebaja De Él Continuará Haciéndose En Los Términos Del Artículo 1° De La Ley 33 De 1916

Decreto 183 de 1919 · Sobre renta de tabaco

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° El tabaco en rama o manufacturado procedente de otros Departamentos, seguirá pagando el impuesto establecido en la Ordenanza 8 de 1916, y la rebaja de él continuará haciéndose en los términos del artículo 1° de la Ley 33 de 1916.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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