Micelio

Artículo 7

Con Excepción Del Rector De La Universidad Nacional, Los Rectores Y Ex Rectores Serán Elegidos Para Períodos De Dos (2) Años, Contados A Partir Del 1° De Abril De 1980

Decreto 2743 de 1980 · Por el cual se aprueba el Acuerdo número 122 del 5 de agosto de 1980, emanado de la Junta Directiva del Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior, ICFES, referente a la expedición del Estatuto General de dicha entidad

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Con excepción del Rector de la Universidad Nacional, los Rectores y ex Rectores serán elegidos para períodos de dos (2) años, contados a partir del 1° de abril de 1980. En cada caso el ejercicio de las funciones de miembros de la Junta Directiva corresponderá a quien desempeñe la Rectoría de la institución.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2743 de 1980