°. A partir del 1° de enero de 2003, la remuneración mensual de los Defensores Delegados grado 22 y los Directores Nacionales grado 22 de la Defensoría del Pueblo, será de: siete millones trescientos setenta y un mil seiscientos un pesos ($7.371.601) M/cte., distribuida así: ASIGNACION BASICA 2,160,232.00 GASTOS DE REPRESENTACIÓN 2,160,232.00 PRIMA TÉCNICA 1,894,997.00 PRIMA ESPECIAL 1,156,140.00
Decreto 3548 de 2003 →Vigente
Artículo 4
A Partir Del 1° De Enero De 2003, La Remuneración Mensual De Los Defensores Delegados Grado 22 Y Los Directores Nacionales Grado 22 De La Defensoría Del Pueblo, Será De: Siete Millones Trescientos Setenta Y Un Mil Seiscientos Un Pesos ($7
Decreto 3548 de 2003 · por el cual se dictan normas sobre régimen salarial y prestacional para los servidores públicos de la Procuraduría General de la Nación y la Defensoría del Pueblo y se dictan otras disposiciones en materia salarial.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.