Micelio

Artículo 1

El Presente Decreto Tiene Como Objeto Reglamentar La Eficiente, Segura Y Oportuna Prestación De Un Servicio Público De Transporte Terrestre Automotor De Pasajeros Por Carretera, Bajo El Cumplimiento De Los Criterios Básicos Y Rectores Del Transporte Como, El De La Competencia Económica Y El De La Iniciativa Privada, A La Cual Solamente Se Aplicarán Las Restricciones Establecidas Por La Ley, Los Convenios Internacionales Y Los Decretos Reglamentarios

Decreto 1557 de 1998 · por el cual se reglamenta el Servicio Público de Transporte Terrestre Automotor de pasajeros por carretera.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. El presente decreto tiene como objeto reglamentar la eficiente, segura y oportuna prestación de un Servicio Público de Transporte Terrestre Automotor de pasajeros por carretera, bajo el cumplimiento de los criterios básicos y rectores del transporte como, el de la competencia económica y el de la iniciativa privada, a la cual solamente se aplicarán las restricciones establecidas por la ley, los Convenios Internacionales y los decretos reglamentarios.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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