Micelio

Artículo 1

El Presente Decreto Tiene Como Objeto Reglamentar La Eficiente, Segura Y Oportuna Prestación De Un Servicio Público De Transporte Terrestre Automotor De Pasajeros Por Carretera, Bajo El Cumplimiento De Los Criterios Básicos Y Rectores Del Transporte Como, El De La Competencia Económica Y El De La Iniciativa Privada, A La Cual Solamente Se Aplicarán Las Restricciones Establecidas Por La Ley, Los Convenios Internacionales Y Los Decretos Reglamentarios

Decreto 1557 de 1998 · por el cual se reglamenta el Servicio Público de Transporte Terrestre Automotor de pasajeros por carretera.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. El presente decreto tiene como objeto reglamentar la eficiente, segura y oportuna prestación de un Servicio Público de Transporte Terrestre Automotor de pasajeros por carretera, bajo el cumplimiento de los criterios básicos y rectores del transporte como, el de la competencia económica y el de la iniciativa privada, a la cual solamente se aplicarán las restricciones establecidas por la ley, los Convenios Internacionales y los decretos reglamentarios.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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