º Los Procesos Declarativos Especiales Serán Conocidos Por Los Jueces Municipales, O Los Que Hagan Sus Veces, De Los Municipios De Lérida Y Armero, En Primera Instancia. La Sentencia No Será Consultada.
Decreto 3810 de 1985 →Vigente
Artículo 11
º Los Procesos Declarativos Especiales Serán Conocidos Por Los Jueces Municipales, O Los Que Hagan Sus Veces, De Los Municipios De Lérida Y Armero, En Primera Instancia
Decreto 3810 de 1985 · por el cual se expiden normas para la reconstrucción de matrículas inmobiliarias en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Armero, Departamento del Tolima, y sobre procesos declarativos especiales.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.