Micelio

Artículo 2.2.6.1.4.9

Decreto 1072 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Capacitación impartida por el Servicio Nacional de Aprendiza­je (SENA). El Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA), con los recursos dispuestos en el artículo 40 de la Ley 1636 de 2013 y las partidas adicionales que defina su Consejo Direc­tivo, dispondrá de recursos para programas de capacitación para la inserción y reinserción laboral a su cargo. Anualmente el Consejo Directivo del Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) aprobará el monto de recursos destinados para financiar la capacitación para la inserción o reinserción laboral impartida por dicha entidad.

Parágrafo

El SENA reportará anualmente al Ministerio del Trabajo la oferta de pro­gramas de capacitación para la inserción o reinserción ofertados en cada una de las re­gionales y el listado de los beneficiarios incluidos y atendidos en el año inmediatamente anterior.

(Decreto número 2852 de 2013, artículo 69)

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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