Micelio

Artículo 6

Para Los Efectos De La Adjudicación, Y Teniendo En Cuenta Las Inversiones Efectuadas Por El Gobierno, Las Casas Construidas Se Dividen En Dos Tipos, Así: Tipo A, Constituido Por Las Casas De Valor De Dos Mil Pesos (29000) Cada Una; Y Tipo B, Constituido Por Las Casas De Tres Mil Quinientos Pesos (3

Decreto 1965 de 1939 · Por el cual se reglamenta el artículo 1º de la ley 46 de 1937, que provee la adjudicación de casas a los damnificados en el terremoto de la ciudad de Túquerres

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Para los efectos de la adjudicación, y teniendo en cuenta las inversiones efectuadas por el gobierno, las casas construidas se dividen en dos tipos, así: Tipo A, constituido por las casas de valor de dos mil pesos (29000) cada una; y Tipo B, constituido por las casas de tres mil quinientos pesos (3.500) cada una.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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