Para los efectos del artículo 1° de la Ley 31 de 1931, el presente Decreto debe someterse a la aprobación del señor Contralor General de la República. Comuníquese y publíquese.
Decreto 1319 de 1934 →Vigente
Artículo 10
Para Los Efectos Del Artículo 1° De La Ley 31 De 1931, El Presente Decreto Debe Someterse A La Aprobación Del Señor Contralor General De La República
Decreto 1319 de 1934 · Por el cual se establece el servicio de proveeduría en el Nuevo Acueducto de Bogotá, y se fija la reglamentación correspondiente
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.