Se organizarán medidas de prevención y control de incendios forestales y quemas en todo el territorio nacional, con la colaboración de todos los cuerpos y entidades públicas, las cuales darán especial prioridad a las labores de extinción de incendios forestales.
Decreto 2811 de 1974 →Vigente
Artículo 241
Se Organizarán Medidas De Prevención Y Control De Incendios Forestales Y Quemas En Todo El Territorio Nacional, Con La Colaboración De Todos Los Cuerpos Y Entidades Públicas, Las Cuales Darán Especial Prioridad A Las Labores De Extinción De Incendios Forestales
Decreto 2811 de 1974 · por el cual se dicta el Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.