Los documentos originales de formularios recepcionados a partir del 1 de septiembre del año 2010, deben entregarse dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de recepción.
El horario para la entrega de los documentos físicos será fijado por la respectiva Dirección Seccional.
La DIAN expedirá como prueba de entrega de los documentos físicos, el Formato 1096 denominado "Radicación documentos", que estará a disposición de las Entidades Autorizadas para Recaudar.
(Artículo 26, Resolución 478 de 2000, modificado por el artículo 1o de la Resolución 8110 de 2010)