La Solicitud Para Promover Una Condecoración A Una Nueva Categoría, Será Presentada Por La Autoridad Competente, En El Formato Establecido En El Anexo 1, Siempre Y Cuando Se Llenen Los Requisitos Que Se Enumeran A Continuación: A) Que Tenga La Jerarquía Militar O Posición Civil Equivalente De Acuerdo Al Grado De La Orden Que Se Solicite
Decreto 414 de 1974 · Por el cual se dictan normas sobre Condecoraciones Militares.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
° La solicitud para promover una condecoración a una nueva categoría, será presentada por la Autoridad Competente, en el formato establecido en el anexo 1, siempre y cuando se llenen los requisitos que se enumeran a continuación
a)
Que tenga la jerarquía militar o posición civil equivalente de acuerdo al grado de la orden que se solicite.
b)
Que haya transcurrido un tiempo mínimo de cinco (5) años de poseer la condecoración en el grado en que fue concedida por última vez, comprobándolo con el número y fecha del Decreto o Disposición que la confirió.
Parágrafo
El solicitante puede adjuntar cualquier otro documento que de una mayor información sobre los méritos del candidato.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.