Micelio

Artículo 5

La Designación De Los Delegados De Que Trata El Artículo 3° Del Decreto 2869 De 1968, En Sus Literales H) Y J), Se Hará Conforme Al Siguiente Procedimiento: Se Efectuará Elección, Por Votación Secreta, Entre Presidentes O Directores De Las Asociaciones O Institutos Que Acrediten Ante Colciencias Su Personería Jurídica Y La Naturaleza Científica O Tecnológica De Sus Actividades Y Objetivos

Decreto 1974 de 1969 · por el cual se reglamenta el nombramiento de los miembros y el funcionamiento del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° La designación de los delegados de que trata el artículo 3° del Decreto 2869 de 1968, en sus literales h) y j), se hará conforme al siguiente procedimiento: se efectuará elección, por votación secreta, entre Presidentes o Directores de las Asociaciones o Institutos que acrediten ante Colciencias su personería jurídica y la naturaleza científica o tecnológica de sus actividades y objetivos.

Parágrafo

Las Asociaciones de Profesionales que tienen derecho a elegir son aquellas cuyo carácter nacional, y naturaleza científica y tecnológica estén claramente determinadas en sus estatutos, y cuyos representantes legales estén presentes en el acto de elección convocado por Colciencias. Las instituciones de fuera de Bogotá, previamente acreditadas, podrán votar por correo dentro del plazo estipulado en la convocatoria.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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