De conformidad con lo indicado en el numeral 6 del artículo 2.2.2.53.2. del Decreto número 1074 de 2015, Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo, y una vez inscrita la factura electrónica de venta como título valor de acuerdo con lo previsto en el Artículo 1.5.4.3.1 de esta resolución, los eventos que se asocian a la citada factura, que se pueden registrar por parte de los usuarios del RADIAN, son:
Inscripción en el RADIAN de la factura electrónica de venta como título valor que circula en el territorio nacional.
Primera inscripción de la factura electrónica de venta como título valor en el RADIAN.
Primera inscripción de la factura electrónica de venta como título valor en el RADIAN para negociación general.
Primera inscripción de la factura electrónica de venta como título valor en el RADIAN para negociación directa previa.
Inscripción posterior de la factura electrónica de venta como título valor en el RADIAN.
Inscripción posterior de la factura electrónica de venta como título valor en el RADIAN para negociación general.
Inscripción posterior de la factura electrónica de venta como título valor en el RADIAN para negociación directa previa.
Endoso electrónico
Endoso en propiedad
Endoso con responsabilidad
Endoso sin responsabilidad
Endoso en garantía
Endoso en procuración
Endoso con efectos de cesión ordinaria
Cancelación del endoso electrónico
Aval
Mandato
Por documento
General
Limitado
Por tiempo
Limitado
Ilimitado
Terminación del mandato
Informe para el pago
Pago de la factura electrónica de venta como título valor
Total
Parcial
Limitación y terminación de la limitación para circulación de la factura electrónica de venta como título valor
Protesto
Transferencia de los derechos económicos:
Transferencia total de los derechos económicos con responsabilidad.
Transferencia parcial de los derechos económicos con responsabilidad.
Transferencia total de los derechos económicos sin responsabilidad.
Transferencia parcial de los derechos económicos sin responsabilidad.
Notificación al deudor sobre la transferencia de los derechos económicos.
Pago de la transferencia de los derechos económicos.
Los usuarios de que trata el Artículo 1.5.4.5.1 de esta resolución realizarán el registro de los eventos antes señalados en el RADIAN, atendiendo los procedimientos de generación, transmisión, validación y entrega, así como los requisitos de que trata la SECCIÓN 6 del CAPÍTULO 3 del TÍTULO 5 de la PARTE 1, el Artículo 1.5.4.4.2 de la presente resolución y de conformidad con los mecanismos técnicos y tecnológicos que se establecen en el "Anexo Técnico RADIAN".
La factura electrónica de venta como título valor, cuyo plazo para el pago se encuentre vencido, deberá registrarse en el RADIAN como un endoso con efectos de cesión ordinaria, conforme a lo establecido en el parágrafo 2 del artículo 2.2.2.53.6. del Decreto número 1154 de 2020.
TRANSITORIO. El registro de los eventos "Endoso con efectos de cesión ordinaria" y el "Protesto" para la factura electrónica de venta como título valor, de que trata el presente artículo, podrá realizarse a partir de la fecha en que la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) habilite los mismos en el RADIAN.
(Artículo 9o, Resolución 85 de 2022)