Micelio

Artículo 15

Son Funciones De La Sección De Negocios Generales: A) Revisar Los Contratos Que Deban Celebrar El Ministerio De Defensa Y Los Establecimientos Públicos O Las Empresas Vinculadas O Adscritos A Él Y Emitir Concepto Sobre La Legalidad De Los Mismos; B) Revisar Los Proyectos De Decretos Y Resoluciones Enviados Por Las Distintas Reparticiones Para La Firma Del Ministro; C) Organizar Y Actualizar La Titulación De Los Bienes Destinados Al Servicio De La Defensa Nacional; D) Elaborar Las Promesas De Compra-Venta De Inmuebles Y Las Minutas Para La Suscripción De Los Respectivos Instrumentos Públicos; E) Estudiar La Titulación De Los Bienes Raíces Que Se Proyecte Adquirir Con Destino Al Ministerio De Defensa Nacional Y De Los Establecimientos Públicos O Empresas Vinculadas O Adscritos A Éste; Y F) Las Demás Que Le Asigne El Jefe De La Oficina Jurídica

Decreto 2565 de 1968 · Por el cual se reorganiza el Ministerio de Defensa Nacional y se determinan sus funciones

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Son funciones de la Sección de Negocios Generales

a)

Revisar los contratos que deban celebrar el Ministerio de Defensa y los establecimientos públicos o las empresas vinculadas o adscritos a él y emitir concepto sobre la legalidad de los mismos;

b)

Revisar los proyectos de Decretos y resoluciones enviados por las distintas reparticiones para la firma del Ministro;

c)

Organizar y actualizar la titulación de los bienes destinados al servicio de la Defensa Nacional;

d)

Elaborar las promesas de compra-venta de inmuebles y las minutas para la suscripción de los respectivos instrumentos públicos;

e)

Estudiar la titulación de los bienes raíces que se proyecte adquirir con destino al Ministerio de Defensa Nacional y de los establecimientos públicos o empresas vinculadas o adscritos a éste; y

f)

Las demás que le asigne el Jefe de la Oficina Jurídica.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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