Las colonias agrícolas que se establezcan estarán bajo la inmediata dependencia de los Jefes de las Comisiones de Colonización y del Jefe de la Sección de Inmigración y Colonización. Los puestos de empleados subalternos se crearán cuando las necesidades así lo exijan. La Sección de Inmigración y Colonización dictará los reglamentos internos de las colonias, los cuales deben ser aprobados por el Ministerio de Industrias.
Decreto 839 de 1928 →Vigente
Artículo 13
Las Colonias Agrícolas Que Se Establezcan Estarán Bajo La Inmediata Dependencia De Los Jefes De Las Comisiones De Colonización Y Del Jefe De La Sección De Inmigración Y Colonización
Decreto 839 de 1928 · Por el cual se fomenta la colonización de tierras baldías y se reglamentan varios artículos de las Leyes 47 de 1926, 114 de 1922 y 100 de 1923
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.