Micelio

Artículo 76

Suspensión De La Habilitación, Registros O Permisos De Operación

Decreto 1557 de 1998 · por el cual se reglamenta el Servicio Público de Transporte Terrestre Automotor de pasajeros por carretera.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Suspensión de la habilitación, registros o permisos de operación. La suspensión de la habilitación, registros o permisos de operación de las empresas de transporte, procederá hasta por un término de tres (3) meses, en los siguientes casos

1.

Cuando el sujeto haya sido multado por lo menos tres veces, dentro del mismo año calendario en que se inicie la investigación que pudiese concluir con la adopción de la medida.

2.

Cuando dentro de la oportunidad señalada no se acrediten las condiciones exigidas para mejorar la seguridad en la prestación del servicio.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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