Suspensión de la habilitación, registros o permisos de operación. La suspensión de la habilitación, registros o permisos de operación de las empresas de transporte, procederá hasta por un término de tres (3) meses, en los siguientes casos
Cuando el sujeto haya sido multado por lo menos tres veces, dentro del mismo año calendario en que se inicie la investigación que pudiese concluir con la adopción de la medida.
Cuando dentro de la oportunidad señalada no se acrediten las condiciones exigidas para mejorar la seguridad en la prestación del servicio.