Condiciones del servicio. La entidad prestadora de los servicios públicos, prestará servicio gratuito de agua para fuentes públicas ornamentales bajo las siguientes condiciones
Que la solicitud sea formulada y aprobada antes de construir la fuente;
Que oficialmente esté destinada al ornato del municipio y esté situada en lugar público;
Que tenga un propietario responsable que la conserve en buen estado;
Que la instalación de plomería sea aceptada por la entidad prestadora de los servicios públicos y que disponga de un tanque y sistema recirculatorio del agua, para evitar consumos innecesarios.
La entidad prestadora de los servicios públicos, podrá suspender el servicio por mal uso de la fuente o por racionamientos.