Micelio

Artículo 108

No Se Efectuará Ningún Traspaso De Material Explosivo, Entre Personas Naturales O Jurídicas, Sin El Permiso Del Comando Militar Que Haya Autorizado La Venta

Decreto 1663 de 1979 · Por el cual se expide el estatuto nacional para el control y comercio de armas, municiones, explosivos y sus accesorios

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

No se efectuará ningún traspaso de material explosivo, entre personas naturales o jurídicas, sin el permiso del Comando Militar que haya autorizado la venta. CAPITULO III Importaciones de explosivos y sus accesorios.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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