Los gastos en que incurra el Ministerio de Educación Nacional para la realización de las actividades de control, seguimiento y cobro de valores adeudados, para adelantar el proceso de verificación y recaudo de la contribución parafiscal prevista en la Ley 1697 de 2013, se realizarán con cargo a los recursos depositados en el Fondo Nacional de Universidades Estatales de Colombia, para lo cual se harán los correspondientes registros presupuestales.
Artículo 60
Los Gastos En Que Incurra El Ministerio De Educación Nacional Para La Realización De Las Actividades De Control, Seguimiento Y Cobro De Valores Adeudados, Para Adelantar El Proceso De Verificación Y Recaudo De La Contribución Parafiscal Prevista En La Ley 1697 De 2013, Se Realizarán Con Cargo A Los Recursos Depositados En El Fondo Nacional De Universidades Estatales De Colombia, Para Lo Cual Se Harán Los Correspondientes Registros Presupuestales
Decreto 1523 de 2024 · Por medio del cual se decreta el presupuesto de rentas y recursos de capital y el presupuesto de gastos para la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 2025.
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.