Los productores de cervezas están obligados a publicar una tarifa de precios con los siguientes datos
El nombre de cada clase de cerveza.
El valor global de cada docena de botellas o medias botellas de cerveza, con envase.
El valor de cada docena de botellas, o medias botellas de cerveza, sin envase; y
El valor de cada docena de botellas o medias botellas vacías para envasar cervezas o para otros usos. De las tarifas de que se trata deberán enviarse sendos ejemplares al Administrador de Hacienda Nacional del respectivo Departamento y a la Superintendencia General de Rentas Nacionales.