º Cuando, en cumplimiento de lo dispuesto en este Decreto, las autoridades militares, civiles o de policía aprehendieren cualquiera de los productos a que hace referencia el artículo 1°, mediante acta harán entrega inmediata a la alcaldía municipal o a la inspección de policía del lugar donde se efectué la aprehensión. Copia del acta debe ser remitida por las autoridades aprehensoras a la respectiva gobernación, intendencia o comisaría.
Decreto 1194 de 1977 →Vigente
Artículo 8
Cuando, En Cumplimiento De Lo Dispuesto En Este Decreto, Las Autoridades Militares, Civiles O De Policía Aprehendieren Cualquiera De Los Productos A Que Hace Referencia El Artículo 1°, Mediante Acta Harán Entrega Inmediata A La Alcaldía Municipal O A La Inspección De Policía Del Lugar Donde Se Efectué La Aprehensión
Decreto 1194 de 1977 · Por el cual se modifican y adicionan los Decretos 46 de 1965 y 2145 de 1974
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.